Publicado en 13/03/2025 por Alberto Chavez Romani
El Pleno del Congreso de la República aprobó la ‘Ley anti ONG’ con 82 votos favor, 16 en contra y 4 abstenciones, en la última sesión del miércoles 12 de marzo. La mayoría de parlamentarios apoyó la medida en primera votación y luego acordaron exonerarla de una segunda consulta.
Cuando la norma fue aprobada por la Comisión de Relaciones Exteriores del Parlamento, fue criticada por abrir la posibilidad de judicializar a las organizaciones no gubernamentales (ONG); sin embargo, la preocupación en torno a este documento ha aumentado debido a otros alcances que los legisladores han sumado.
En esta nueva versión se considera como falta grave el litigio contra el Estado, es decir, que una ONG no podrá ejecutar un proyecto que signifique patrocinar o asesorar a víctimas de violaciones de derechos humanos, tanto a nivel interno como internacional.
Actualmente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene a su cargo la acusación de los deudos de un estudiante de medicina, quien en 1990 fue víctima de una ejecución extrajudicial también por parte de efectivos de la PNP. otro ejemplo, entre los casos más emblemáticos donde ciudadanos han sido apoyados por este de organizaciones se encuentra el de Azul Rojas Marín, una mujer trans que denunció a miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) por tortura y violencia sexual.
Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), dijo que también se verían afectados casos relacionados con la época del conflicto armado interno, con persecución a periodistas, contra integrantes de pueblos indígenas, donde se hayan perpetrado crímenes de lesa humanidad, así como las protestas contra el gobierno de Dina Boluarte. Los perjudicados, menciona, serán las víctimas que se quedarán sin abogados, teniendo en cuenta esta población ha sido históricamente defendida por estas organizaciones.
“En el caso de las de las víctimas de la matanza de comarca, nosotros estamos litigando desde el año 2010. No sé si es posible que alguien sostenga el financiamiento en un estudio privado de un caso de esta naturaleza. De las víctimas del frontón, tenemos el caso desde 1987. No conozco un estudio que pueda mantener un nivel de litigio de intervención en casos tan complejos, tan conflictivos, de tanta relevancia política”, explicó.
De acuerdo con Carlos Rivera, las incorporaciones de último minuto hechas al dictamen están relacionadas con la promulgación de la ley de prescripción de violaciones de derechos humanos aprobada por el Parlamento, ya que los militares implicados no han ganado, hasta el momento, ningún caso.
“Tiene que ver con la imposición de una agenda desde el Fujimorismo, frente a lo cual me parece que Boluarte simplemente hace un gesto de aceptación y punto. En el tema más propiamente de derechos humanos creo que hay un cordón umbilical que los une tanto al Fujimorismo como a Boluarte. No veo ninguna posibilidad de observación del ejecutivo”, sostiene.
En la actualidad, las ONG declaran sus proyectos y eventualmente la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) puede desarrollar algún proceso de fiscalización durante su ejecución. Sin embargo, con las incorporaciones que ha hecho el Parlamento, la APCI tendrá que previamente dar su conformidad a los planes, programas y actividades registradas por los organismos que utilizan la cooperación técnica internacional.
“¿Eso qué significa? El Estado interviniendo, limitando y perturbando actividades estrictamente privadas. No sé si podría imaginarse uno que el Estado le va a decir a un medio de comunicación qué cosa es lo que puede publicar, o a una empresa qué cosa es lo que puede producir”, sostiene Rivera. “En realidad, el nivel de agresión contra los derechos constitucionales es extremadamente grave”, añade.
El abogado de IDL comenta que con la redacción anterior de la norma ya se había decidido presentar acciones de amparo, pero que con la nueva versión, ameritaría presentar una acción ante el Tribunal Constitucional. “Estamos evaluando si es que coadyuvamos a presentar una acción de inconstitucionalidad. Tendría que ser un colegio profesional, probablemente algún colegio de abogados, pero nos parece que por lo menos desde un punto de vista”, acotó.
Para el entrevistado, este proyecto de ley “es lo más inconstitucional que se ha publicado desde las leyes de Amnistía del 95, en los temas de derechos humanos, sin duda”. “Por alguna razón, han tomado la decisión de dejar sin defensa a las víctimas”, lamenta. Antes de que el Pleno aprobara finalmente la ‘Ley anti ONG’ ya se venía cuestionando el dictamen aprobado por la Comisión de Relaciones Exteriores, al considerarlo una afectación al derecho a la libertad de participación política.
Sin embargo, Rivera afirma que ahora se debe tener un análisis más minucioso, ya que el proyecto contiene apartados que el otro documento no tenía. “Por eso hemos venido diciendo es un contrabando”, afirma. Entre las cuestiones que se mantienen de la versión anterior, dice Rivera, están las sanciones “absolutamente desproporcionadas”. “Sigue siendo una norma que ha multiplicado casi por cinco la cantidad de sanciones que podía haber”, aclara.
“Si tú litiga casos de derechos humanos contra el Estado, te pueden aplicar una multa de 400 UIT, de 2 millones de soles. Eso ninguno lo puede soportar”, precisa el entrevistado.